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Martes 09 de Junio de 2026
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 (Información Local)

Control de actividades de quema en todo el territorio nacional

La Subsecretaría del Ambiente de Catamarca, perteneciente a la Secretaria del Agua y del Ambiente, comunica a la población en general que se encuentra vigente la Ley Nacional Nº 26.562 Presupuestos Mínimos de Protección Ambiental para Control de Actividades de Quema en todo el Territorio Nacional.
(DIARIOC, 14/07/2010) La misma tiene por objeto prevenir incendios, daños ambientales y riesgos para la salud y la seguridad pública.

Esta ley indica que “se entiende por quema toda labor de eliminación de la vegetación o residuos de vegetación mediante el uso del fuego, con el propósito de habilitar un terreno para su aprovechamiento productivo. Asimismo, queda prohibida toda actividad de quema que no cuente con la debida autorización expedida por la autoridad local competente, la que será otorgada en forma específica. Quienes no cumplan la ley, serán pasibles de apercibimientos y/o multa equivalente a un valor que irá desde CINCUENTA hasta DIEZ MIL sueldos básicos de la categoría inicial de la Administración Pública Nacional”.

Las autoridades competentes de cada jurisdicción podrán suspender o interrumpir la ejecución de quemas, autorizadas, cuando las condiciones meteorológicas o de otro tipo impliquen un riesgo grave o peligro de incendios.

Las solicitudes de autorización de quemas deberán contener, como mínimo, la siguiente información:

a) Datos del responsable de la explotación del predio.

b) Datos del titular del dominio.

c) Consentimiento del titular del dominio.

d) Identificación del predio en el que se desarrollará la quema.

e) Objetivo de la quema y descripción de la vegetación y/o residuos de vegetación que se desean eliminar.

f) Técnicas a aplicar para el encendido, control y extinción del fuego.

g) Medidas de prevención y seguridad a aplicar para evitar la dispersión del fuego y resguardar la salud y seguridad públicas.

h) Fecha y hora propuestas de inicio y fin de la quema, con la mayor aproximación posible.

Por tal motivo, la empresa JOCAT S.A., ubicada a alturas del km 20 de la ruta 33, representada por el Ing. Van Esso fue la primera en utilizar esta metodología solicitando la autorización, para la quema de pastizal y ramas de jojoba en una superficie de 100 hectáreas, a la Subsecretaría del Ambiente el pasado 9 de Julio, quienes acudieron al lugar para realizar la inspección correspondiente previo a la quema.

Una vez aprobada la tarea, personal de la Brigada de Lucha Contra Incendios Forestales se hizo presente quedando a disposición del capataz del campo a fin de impedir que las llamas se descontrolen, y luego, llevar adelante una guardia de cenizas para evitar la reactivación del fuego.

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