Por otra parte, se recuerda la prohibición contenida en la Ley Nº 24.254, hasta las 20:00 horas del día indicado para la realización del Censo, respecto de la realización de funciones teatrales, exhibiciones cinematográficas, competencias deportivas y en general, toda clase de espectáculos y reuniones públicas al aire libre o en recintos cubiertos. Los restaurantes, confiterías, casas de expendio de bebidas y similares, rotiserías, panaderías y en general, todo comercio de venta de artículos alimenticios y de bebidas y clubes, permanecerán cerrados hasta la hora indicada.
La violación de lo dispuesto, será considerada infracción grave y será debidamente sancionada. Las medidas pertinentes, serán adoptadas teniendo en cuenta la importancia que reviste el operativo censal.