Catamarca
Jueves 25 de Abril de 2024
Buscar:

El CD impuso nombre a los barrios San Antonio y San Carlos

En la 29º sesión ordinaria del Concejo Deliberante de la Capital se dio sanción a un proyecto de Ordenanza, iniciado por el concejal Simón Hernández, cuyo objeto es imponer el nombre barrio San Antonio al sector comprendido por los barrios autodenominados de hecho por los vecinos San Antonio Sur, Oeste y San Carlos, como así también dotar de nombres a todas las calles que lo atraviesan.
(DIARIOC, 22/10/2012) En el texto de la presentación se destaco que resulta oportuno legislar sobre la imposición de nombres a barrios y calles que hasta el presente no cuentan con una identificación adecuada, además de todos los inconvenientes que ello acarrea. Así, al imponer nombres, se cumple con una doble finalidad que es designar nombres a las calles para facilitar el envío de correspondencias y notificaciones a los vecinos; y en el caso del barrio San Antonio rendir un homenaje a artistas ilustres, guardando una correspondencia o coordinación con el criterio adoptado para los conglomerados Luis Franco y Santa Marta.

En el caso en particular, se realizó un importante trabajo en conjunto con vecinos y organizaciones del sector, receptando las distintas opiniones, con el acompañamiento del equipo técnico del Programa de Mejoramiento de Barrios (Pro.Me.Ba).

Los nombres designados para las arterias responden a poetas y escritores argentinos tales como: Graciela Nidia Aráoz, Abelardo Arias, Juan Carlos Dávalos, Eduardo Estévez, Federico Falco, Gloria Alcorta, Jorge Áleman, María Angélica Bosco; también a destacados docentes y cantantes como: Domingo Bravo, Carlos Astrada, y Ramón Ayala.

Referido a la imposición de nombres de barrios de la Ciudad de SFVC, la Ordenanza marco es la identificada con el Nº 3358/00, la que fija un cupo de 250 Unidades Habitacionales como mínimo para realizar tal imposición, lo que implica realizar un trabajo en conjunto con los vecinos, individualmente o a través de organizaciones que los nucleen (centros vecinales u otras ONG), para consensuar tales nombres.

La Carta Orgánica Municipal contiene dos normas básicas sobre esta temática: El art. 55 apartado 37 fija la competencia exclusiva del Concejo Deliberante para imponer nombres a calles, plazas, pasajes, paseos, parques y demás lugares públicos, los que una vez impuestos no podrán ser modificados; y el art. 61 que regula el trámite de Doble Lectura, para determinados temas que requieren un doble tratamiento u aprobación dada su importancia, como ser: imponer nombres a calles, plazas, pasajes, paseos, parques y demás lugares público….-

Al respecto, durante la 12va. sesión ordinaria del Cuerpo, correspondiente al periodo legislativo 2012, se aprobó en Primera Lectura el proyecto de referencia y se informó a través de los diarios que los vecinos contaban con un plazo de 15 días corridos para acercar sus opiniones sobre proyecto.

(Se ha leido 114 veces.)

Se permite la reproducción de esta noticia, citando la fuente http://www.diarioc.com.ar

Compartir en Facebook

Sitemap | Cartas al Director | Turismo Catamarca | Contacto | Tel. (03833) 15 697034 | www.diarioc.com.ar 2002-2024