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El Municipio ratificó la decisión de no inscribir alumnos en el Sistema Municipal por el mal comportamiento de los padres

(DIARIOC, 20/02/2015)

La Municipalidad de Fray Mamerto Esquiú ratifica en todos sus términos el contenido de la Resolución EM Nº 103/15, basada en el Reglamento Interno del Sistema Educativo Municipal aprobado a través de Ordenanza Municipal, sancionada por el Concejo Deliberante por la cual no se aprueba la inscripción de dos niños en la Escuela Municipal; todo ello en virtud de las reiteradas inconductas y observancia de elementales normas de urbanismo de la madre de los niños contra las autoridades municipales y directivos de la escuela, además de haber interrumpido sin autorización en las aulas del establecimiento escolar para realizar la entrega de panfletos a los estudiantes de la Escuela Municipal, todos ellos menores de edad, incitando a participar de acciones contrarias a las normas de convivencia escolar.
Por otra parte, llama poderosamente la actitud de la tutora, por lo menos contradictoria, ya que en más de una oportunidad expresó su disconformidad para con las autoridades escolares, cuestionando duramente el funcionamiento de todo el sistema Educativo Municipal, sin embargo no entendemos el empecinamiento por inscribir a los niños en esta institución escolar estando en total desacuerdo con el servicio educativo que se brinda.
Asimismo llama la atención que los niños en cuestión ya fueron inscriptos en una escuela pública del departamento, dependiente del Ministerio de Educación de la provincia.
A esta altura resulta lamentable la utilización de menores, que tanto se dice proteger, en cuestiones netamente políticas, señalamos esto al ser la progenitora una reconocida militante del FpV, encolumnada tras de un postulante foráneo al departamento Fray Mamerto Esquiú. Sabemos que su accionar no es casual, ya que hay un claro trasfondo político de parte de quienes han expresado sus aspiraciones de acceder a la Intendencia Municipal en las próximas elecciones.
Por otra parte, el Municipio rechaza rotundamente la Resolución S.F. Nº03/15, emitida por la Subsecretaria de Familia por improcente, debido a que una dependencia de cuarta línea orgánica del Poder Ejecutivo Provincial no posee facultades para imponer decisiones que son de exclusiva atribución del Municipio, al respecto, observamos con preocupación este verdadero atropello a la autonomía municipal establecida en la Constitución Provincial y Carta Orgánica Municipal, sancionada por los constituyentes en el año 2004; mas aun arrogándose, dicha subsecretaria, facultades de otro poder como lo es el Judicial, en flagrante violación a la división de poderes, principio básico de toda República.

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