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Viernes 26 de Abril de 2024
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UNIVERSIDAD DE CATAMARCA

En el marco de la Emergencia Sanitaria se suspenden las actividades en la UNCa.

En el marco de la emergencia sanitaria, federal y provincial dispuesta en virtud de las consecuencias epidemiológicas derivada de la Gripe A (H1 N1), el Rector de la Universidad Nacional de Catamarca, Ing. Flavio Sergio Fama, a través del instrumento legal previsto en la Resolución Rectoral, dispone la suspensión de actividades áulicas, administrativas y eventos de carácter público a partir del día lunes 6 de julio hasta el 20 de julio inclusive, en el ámbito del Rectorado y Escuelas Preuniversitarias y Escuela de Arqueología.
(DIARIOC, 02/07/2009) Entre sus considerando el instrumento explicita:
Que deben atenderse las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud -OMS- y de las Instituciones nacionales y provinciales que evaluaron la crisis sanitaria que atraviesa nuestro país.

Que el Ministerio de Salud de la Nación ha establecido líneas de acción para los establecimientos educativos, solicitando el desarrollo de planes de preparación y de respuesta ante la pandemia de Influenza A (H1 N1).
Que el éxito de la implementación y seguimiento del citado plan requiere necesariamente de una activa participación y predisposición de cada uno de los miembros de la comunidad universitaria.

Que a tales efectos, resulta necesario implementar medidas dirigidas a minimizar el contacto entre las personas, en todos los niveles de las Escuelas Preuniversitarias Fray Mamerto y ENET Nº 1 y los distintos ámbitos académicos y administrativos de la Universidad Nacional de Catamarca.

{adr}Dentro del marco resolutivo, el instrumento Rectoral que establece en su Artículo 2º que el personal docente y no docente, en el ámbito del Rectorado y de las Escuelas Preuniversitarias y Universitaria de Arqueología, quedarán en el transcurso de este periodo a disposición de la superioridad y podrán ser convocados en caso de ser necesario.

Con respecto a las Secretarías de Universidad, las mismas desarrollarán acciones que resulten imprescindibles para garantizar los servicios esenciales sin atención al público.
También esta Resolución, en su Artículo 6º, autoriza a partir del 06 de Julio/09 a los agentes comprendidos en el grupo de riesgo sanitario a no concurrir a las actividades laborales durante el periodo que se mantenga la emergencia sanitaria en la Universidad.
Mediante lo establecido en el Artículo 7º de la Resolución Rectoral, se aconseja a las Unidades Académicas tomar idéntica medida.

Cabe finalmente destacar que la suspensión de las actividades citadas en el presente instrumento, se extenderán hasta el comienzo del receso de invierno correspondiente al año en curso para el personal que cumple funciones en dependencias del Rectorado, fecha que se ha fijado entre los días 20/JUL/09 y 31/JUL/09, periodo en el que se evaluará la situación sanitaria en particular.

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