Finalmente a las 20.00, comenzará la Marcha del Orgullo LGTBI por las calles del centro capitalino. Habrá DJ, música, luces y colores para celebrar la diversidad y la lucha para la construcción de una sociedad mejor, más igualitaria, donde exista igualdad de derechos para todos y todas.
Identidad de Género
El proyecto de ley de identidad de género establece que toda persona mayor de 16 años de edad, podrá solicitar la rectificación del nombre, el sexo e imagen registral en todos aquellos registros públicos en los que figuren tales datos y que no coincidan con su género autopercibido.
Este proyecto de ley se enmarca consignando y promoviendo la no patologización, la no discriminación y la descriminalización de las identidades travesti, transgénero, transexuales e intersexuales, mediante la gestión e implementación de políticas públicas que sean inclusivas de tales identidades generando empoderamientos en derechos de ciudadanía.
Las personas intersexuales, travestis, transexuales y transgénero, constituyen un colectivo estigmatizado y altamente vulnerado en todos sus derechos fundamentales toda vez que sus expresiones de género en Argentina no están siendo reconocidas legal y registralmente.
Las políticas del género, aquellas que inducen a pensar la humanidad sobre la base del binario constituido por varón/mujer en la sociedad moderna, involucran la noción asimétrica en el tratamiento social, cultural, político y económico que opera en uno y otro género, dejando de lado aquellas otras manifestaciones genéricas. Son las pautas culturales y simbólicas sobre la diferencia sexual las que permiten a varones y mujeres saberse como tales, que definen a la masculinidad y la femineidad en el campo social.
Por identidad de género se entiende como la profundamente sentida experiencia interna e individual del género de cada persona, que podría corresponder o no con el sexo biológico, incluyendo el sentido personal del cuerpo (que, de tener la libertad para escogerlo, podría involucrar la modificación de la apariencia o la función corporal a través de medios médicos, quirúrgicos o de otra índole) y otras expresiones de género, incluyendo el vestido, el modo de hablar, otros -definición aportada por los Principios de Yogyakarta sobre la aplicación de la legislación internacional de derechos humanos en relación con la orientación sexual y la identidad de género. (El Independiente)