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La Gobernadora decretó la ampliación del cupo de guardias médicas, y ordeno que el pago sea retroactivo al primero de enero

Lucía Corpacci adoptó una medida que responde a una demanda concreta de profesionales, trabajadores y de la comunidad, en un área esencial para el Gobierno como la Salud. Redundará en mejores servicios y solucionará el eterno problema de los atrasos en los pagos.
(DIARIOC, 17/04/2013) La Gobernadora Lucía Corpacci firmó hoy el decreto de ampliación y modificación del Cupo de Guardias para distintas dependencias del Ministerio de Salud, y ordenó además que la liquidación de los pagos sea retroactiva al primero de enero.

La jefa de Estado rubricó el instrumento legal mediante el cual determina que se fije “con retroactividad al 01 de Enero de 2013, el Cupo Mensual de Guardias Profesionales y Técnicas de carácter Activo y Pasivo en su equivalente en horas Guardias para la cobertura prestacional en los distintos Organismos y Establecimientos Sanitarios dependientes del Ministerio de Salud según Anexo del presente Instrumento Legal”.

Autoriza además que las guardias que realizan choferes y radio operadores “se implementen bajo el régimen de guardias ordinarias”, y faculta “a los Directores de los distintos Organismos y Establecimientos Sanitarios a distribuir el cupo asignado por tipo de horas Guardia, en guardias de 4, 8, 12, 16, 18, 20, 24 horas, de acuerdo a las necesidades de servicio”.
La Gobernadora autorizó a la ministro de Salud para “realizar las reestructuraciones necesarias en el Cupo”, de acuerdo a las necesidades de servicio de los distintos organismos y establecimientos sanitarios, no excediendo el total de horas fijado para cada tipo de guardia”.

Al mismo tiempo, Corpacci resolvió que el Ministerio de Hacienda y Finanzas adopte “las medidas pertinentes” a fin poner “en inmediata ejecución lo dispuesto por el presente instrumento legal”.

Especifica por otra parte que “por única vez”, todos los expedientes iniciados por guardias extraordinarias y legítimo abono correspondientes a los meses de Enero, Febrero y Marzo del Año 2.013 “sean considerados, liquidados y abonados como guardias ordinarias”.

Respuesta a la demanda

El sistema de guardias estaba definido en los Decretos Acuerdo Nº 2196/2005, Decreto Acuerdo Nº21/11 y el Decreto S -Nº1139/11, normativa ahora derogada donde se fijaban los cupos de Guardias Profesionales y Técnicas de carácter Activo y Pasivo, en cantidades de guardias o su equivalente en horas, para la cobertura prestacional en los Establecimientos Sanitarios dependientes del Ministerio de Salud, según Anexo del mismo.
Los equipos técnicos del Poder Ejecutivo, se abocaron a la planificación de las guardias profesionales y técnicas, en su modalidades de carácter de Activos y Pasivos, teniendo en cuenta los diversos servicios, disponibilidades y carga horarias de profesionales y técnicos especializados.
La modificación resuelta por la jefa de Estado obedece a la gran demanda asistencial que impone la necesidad de combinar esfuerzos organizacionales que compatibilicen, la población bajo cobertura, las extensiones geográficas, las estructuras de recursos humanos de cada establecimiento asistencial, la radicación de recursos humanos, las tasas de uso de las especialidades requeridas, los riesgos patológicos, la escasez de profesionales en las especialidades críticas, factores propios de la naturaleza, de los servicios de emergentologia de carácter continuo y permanente debiendo conformarse equipos de guardias rotativos complementarias con la atención programada de la planta.
La modificación fija los cupos de guardias profesionales y técnicas, de carácter activo y pasivo, para la cobertura de prestaciones de los establecimientos sanitarios dependiente del Ministerio de Salud, y distingue aspectos diferenciados: por un lado la creación de cupos de guardias para Subsecretarias, Direcciones, dependencias y programas que no sean hallaban incluidos y por otro lado la ampliación de los cupos de guardia para el Hospital Interzonal “San Juan Bautista”, Hospital Interzonal de Niños “Eva Perón” y Maternidad Provincial “25 de Mayo”.
La modificación y creación de los cupos de guardias era necesaria, en base a las circunstancias de creación de nuevas dependencias en el ámbito del Ministerio de Salud, cambio de complejidad en Hospitales del Interior Provincial, creación de nuevos centros de salud en la provincia, aparición de nuevas patologías, patologías que se incrementan por razones estacionales, licencias del personal, incrementos de feriados nacionales, días no laborables e incrementos en la cantidad de servicios prestados por el S.A.M.E.
La actual demanda de los servicios de salud por parte de la población, ha hecho incrementar el cupo de guardias médicas profesionales y técnicas, de carácter activo y pasivo en los distintos organismos y establecimientos sanitarios dependientes del Ministerio de Salud; por lo cual se consideró oportuno y conveniente que las Guardias que realizan choferes y Radio Operadores se implementen bajo el sistema de guardias ordinarias; ya que hasta aquí los excesos de Guardias se cubría con guardias extraordinarias y mediante legítimo abono, lo cual generaba demoras en el pago.
En definitiva, la Gobernadora adoptó una medida que responde a una demanda concreta de profesionales, trabajadores y de la comunidad, en un área esencial para el Gobierno como la Salud, que redundará en mejores servicios y solucionará el eterno problema de los atrasos en los pagos.

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