Esa entidad cuestionaba algunos artículos de la ley 3.361, que modificaron el horario de expendio de alcohol en locales bailables -que queda prohibido a partir de las cinco-, el ingreso después de las cuatro y el cierre de los mismos a las siete.
"Mediante un ejercicio arbitrario del poder de policía local, la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires ha fijado una serie de limitaciones al normal desenvolvimiento de la actividad de entretenimientos nocturnos", afirmó la CEDEBA.
Según esa cámara empresarial, la legislación implica "un claro avasallamiento a principios constitucionales tan significantes como de ejercer actividad lícita, proporcionalidad, igualdad, legalidad y atrabajar”.
Sin embargo el voto mayoritario de los magistrados sostiene que "no surge de manera clara la forma en que los artículos cuestionados colisionan con los múltiples derechos constitucionales invocados”.
Por su parte, los magistrados Luis Lozano y José Osvaldo Casás, en su voto en minoría, afirmaron que estaban en análisis derechos constitucionales que “implican hacer económicamente inviable la subsistencia de la industria, el derecho a ejercer industria lícita, el derecho de propiedad, el derecho atrabajar, y la garantía de igualdad ante la ley. (Telam)