Catamarca
Jueves 25 de Abril de 2024
Buscar:

Numerosas consultas en Capital por la moratoria en Rentas

El responsable de la Administración General de Rentas, Carlos Zanotti, informó que se ha registrado un importante nivel de consultas por parte del público, en torno a las características que posee la moratoria impositiva recientemente puesta en vigencia en el organismo. Al respecto, el funcionario explicó que“hay muchas consultas en Capital sobre montos y planes de pago, aunque todavía no se han registrado demasiadas adhesiones en forma concreta al régimen, ya que para eso hay tiempo todavía” Y agregó:“en el interior recién en la próxima semana se van a tener las principales novedades” Como se recordará, a través de la Ley 5.079, que comprende al Régimen de Emergencia Tributaria, la Administración General de Rentas puso en vigencia una moratoria impositiva que prevé importantes reducciones y quitas en todas las deudas (planes de pago, vigentes o caducos) para la totalidad de los contribuyentes. Al respecto, se prevé un descuento especial del 10% que vence el 31 de octubre para quienes hagan uso de esta opción y el resto, hasta el 30 de noviembre.

Obligaciones

En tal sentido, Zanotti explicó que la moratoria comprende a las siguientes obligaciones: En torno a los Ingresos Brutos, abarca a los Contribuyentes locales; convenio multilateral y agentes de retención y percepción: hasta el mes de junio del 2002. Y se excluye, entre otros, a los contribuyentes del impuesto cuyos ingresos superen los $2.500.000 mensuales de promedio en el último semestre del 2001. De igual manera, a los convenios multilaterales con sede en otra jurisdicción que tengan un proceso de determinación de oficio en trámite o firme. También comprende al Impuesto Inmobiliario (3ra. Cuota del 2002), Impuesto Automotores (1ra. Cuota del 2002) e Impuesto Sellos (actos instrumentados hasta el 30 de junio del 2002). Sobre los beneficios de la moratoria, Zanotti remarcó que están previstas“importantes reducciones y quitas en la deuda para aquellos contribuyentes que cumplan, ya sea pagando al contado o a través de diferentes planes de pago pero que den cumplimiento total al Régimen que han adoptado en cada caso” Y agregó:“para el buen contribuyente, que es aquel que tiene abonada sus deudas, hay rebajas del 15 ó 10% de impuestos según los casos, y los cuales les corresponde a partir de noviembre de este año” En tal sentido, los beneficios a contribuyentes y/o responsables morosos son los siguientes: Condonación de intereses, recargos y multas formales y sustanciales, firme o no. Y comprende:

Formas de pago

{adr}En lo correspondiente a la forma de pago, está abarca a los agentes de retención, percepción y recaudación hasta en 12 cuotas; y a los contribuyentes en general hasta 60 cuotas Los montos mínimos son para: Impuesto inmobiliario ($ 15), Impuesto automotores ($ 20), Impuesto Ingresos Brutos ($ 30) e Impuesto Sellos ($30). Y se aclara que la primera cuota vence el 20 de diciembre de 2002 y subsiguientes. Sobre los medios de pago, Rentas tiene los siguientes requerimientos: Anticipo o contado en reducción del 10% mediante pagos en efectivo, Lecop, Títulos Públicos Leyes 4.748 y 5.066, cheques en pesos y tarjetas de créditos con acreditación. Resto de Obligaciones: se podrán abonar mediante pagos en efectivo, Lecop, Títulos Públicos Leyes 4.748 y 5.066, CECADES, BOCONSODE, Certificados de Crédito Fiscal, descuento por planillas, Bancat, Tarjetas de Crédito y Débito, cheque.

Más Información: Ley Nº 5079 - Decreto Nº 853 - Régimen de Emergencia Tributaria

(Se ha leido 3319 veces.)

Se permite la reproducción de esta noticia, citando la fuente http://www.diarioc.com.ar

Compartir en Facebook

Sitemap | Cartas al Director | Turismo Catamarca | Contacto | Tel. (03833) 15 697034 | www.diarioc.com.ar 2002-2024