Este cuerpo deliberativo, con fecha 17 de noviembre de 2012, sancionó la ordenanza Nº 5278 por la que se creó los programas de prevención del Dengue y preventivo del Chagas, los que tienen por objeto fomentar hábitos y ambientes saludables que permitan mantener al municipio libre de vectores y de enfermedades transmitidas por los mismos; estableciendo como obligaciones de la autoridad de aplicación realizar campañas educativas y publicitarias para la eliminación de criaderos de mosquitos y vinchucas, respectivamente.
Finalmente se solicita al DEM que informe en un plazo de 15 días de sancionada la presente el cronograma de actividades a desarrollarse en el marco del Programa Municipal de Prevención del Dengue, en consonancia y cumplimiento de la ordenanza Nº 5278/2011.
Calles en el Bº Combate de San Lorenzo
En virtud de lo dispuesto en el Artículo 61º de la Carta Orgánica Municipal, el Concejo Deliberante de SFVC informa que en la 30º sesión ordinaria de 2013 se aprobó en Primera Lectura un proyecto de Ordenanza, iniciado por el presidente del Cuerpo de Concejales, Simón Hernández, que pretende imponer nombre a dos calles del barrio Combate de San Lorenzo, modificando el artículo quinto de la Ordenanza Nº 4342/07.
Motivó el presente proyecto la solicitud de los vecinos, quienes fundamentaron la necesidad de imponer nombres a las arterias que componen el barrio. Y los nombres sugeridos por los vecinos para las arterias son: Capitán Justo Germán Bermúdez y Teniente Manuel Díaz Vélez, del Regimiento de Granaderos a Caballo creado por el Cnel. José de San Martín en 1892.
La Carta Orgánica impone la doble lectura para la aprobación de Ordenanzas como la presente, por ello se comunica a los vecinos que cuentan con un plazo de 15 días corridos a partir de la fecha para acercar su opinión sobre el mismo. Dichas inquietudes serán receptadas en el organismo sito en calle Rivadavia 1.040 dentro del horario de funcionamiento de la administración pública municipal.