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Viernes 26 de Abril de 2024
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Proyectos aprobados---22º sesión II - Concejo Deliberante

Piden informe al municipio sobre las obras en el Museo Caravatti

Se dio sanción en el Concejo Deliberante capitalino a un proyecto de Comunicación, iniciado por la edil Silvia Fedeli, mediante el cual solicita al Ejecutivo Municipal que informe sobre diversos aspectos relacionados con la obra que actualmente se ejecuta en el Museo de la Ciudad Casa Luis Caravatti.
(DIARIOC, 09/09/2013)

Siendo de público y notorio conocimiento que actualmente se llevan a cabo diversos trabajos destinados a la refacción del Museo de la Ciudad creado por Ordenanza N° 2679/93 y habiendo tomado conocimiento de que mediante Expte. Nº 2895-D-2013, la Municipalidad procedió a la contratación directa con el Sr. Mario Avelino Gutiérrez, adjudicando la realización de los trabajos de refacción del mismo, y abonando anticipadamente, por dichos trabajos, la suma de pesos: trescientos tres mil doscientos cuarenta y tres con 53/100 ($ 303.243,53), es que se ha procedido al estudio de la documentación respectiva.

Del estudio llevado a cabo surgen diversos interrogantes que por el presente proyecto deberán ser evacuados, los que responden al ejercicio de las funciones contralor que corresponden a este cuerpo. En tal sentido, se pudo observar que, entre las constancias el presupuesto de mano de obra de la firma Mario Avelino Gutiérrez con 5 (cinco) ítems que consisten en revoques, revestimientos, sustentación de losas, pisos y limpieza general por un total de pesos: trescientos tres mil doscientos cuarenta y tres con 53/100 ($ 303.243,53), suma que finalmente es abonada al contratista que, a fs. 44 del Expediente obra informe de la Directora de Suministro y Contrataciones C.P.N. Susana Reyes dirigido al Director de Presupuesto, C.P.N. Fernando Aroca solicitando se proceda al ajuste presupuestario oficial previo a la adjudicación mediante Contratación Directa N° 52/2013 a favor de la firma Mario Avelino Gutiérrez.

Del Informe Interno N° 144/2013 de fecha 16 de abril de 2013, obrante a fs. 55/56 del Expediente de mención, remitido por la C.P.N. Claudia M. Quiroga –Dirección de Auditoria- al Director de Auditoria C.P.N. Juan Alberto Marchetti, resultan plasmadas las siguientes observaciones a las actuaciones, las que en su mayoría no fueron cumplimentadas:

• No se adjunta Formulario de Nota de Pedido y Entrega conforme lo requiere la Circular N° 12/2008 de la Dirección de Contaduría General.

• El Proveedor - Contratista Mario Avelino Gutiérrez no se encuentra inscripto en la Actividad “Construcción”, que es el concepto por el cual pretende contratar con la Municipalidad, razón por la que solicita proceda a inscribirse en la actividad correspondiente por ante la AFIP, Administración General de Rentas y Dirección de Rentas Municipal, y posteriormente a acreditar el Certificado de Habilitación Municipal en el que se verifique la inscripción en la actividad de la construcción conforme se requiere por Circulares de la Administración de Suministro N° 1° y 2° de 2009;

• La Documentación Técnica de la Obra –Memoria Descriptiva, Memoria Técnica, Especificaciones Técnicas, Presupuesto Oficial, Planos de Obra, Análisis de Precios- no se encuentra conformada.

• No incorpora documentación que acredite el cumplimiento de las leyes laborales y previsionales de los empleados de la firma que llevarán a cabo los trabajos correspondientes, exigencia plasmada en el artículo 30 de la Ley Nº 2730 de Obras Públicas. Asimismo Ley N° 22.250 “Régimen legal de trabajo para el personal de la industria de la construcción” establece que, el contratista debe proceder a inscribirse por ante el Instituto de Estadística y Registro de la Industria de la Construcción, como así también inscribir a sus empleados ante tal organismo y efectuar los correspondientes aportes al Fondo de cese laboral, su incumplimiento trae aparejado la responsabilidad solidaria del Estado.

• Informa que el contratista no acreditó la contratación de Seguro de Responsabilidad Civil por el periodo de ejecución de la obra y comprobante de pago del mismo.

• Observa asimismo, la urgencia con la que se ha procedido a contratar, sin haber cumplimentado con la normativa vigente, al expresar que la Autorización para Gastar y la Afectación del Gasto es anterior a la Aprobación de la Documentación Técnica mediante Resolución S.O.P. y P.U. N° 110/2013.

• Recomienda que, previo al dictado del Acto Administrativo mediante el cual se apruebe y adjudique la contratación debe incorporarse el Informe Técnico referido a la propuesta presentada –si la propuesta presentada cumple o no con los montos, plazos de obra y especificaciones técnicas requeridas- y al cumplimiento de los pasos exigidos por la Ley de Obras Públicas Nº 2730/74, su reglamentación y normas de aplicación supletoria en la cual se encuadra la presente contratación -imputación, compromiso, orden de servicio, resolución que acepte representante técnico y designe inspector de obra, contrato de obra, acta de inicio de obra.

• Observa además, de la Constancia de Opción y Adhesión al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes que la Firma Mario Avelino Gutiérrez reviste la condición de tributaria de monotributista inscripto en la categoría B en la que se incluyen monotributistas con ingresos brutos anuales de hasta $ 24.000,00, sin embargo en función del monto del contrato, el mismo no debiera encontrase abarcado por el régimen de Ganancias e IVA, correspondiendo en consecuencia que la Municipalidad proceda a efectuar las correspondientes retenciones que le competen como agente de recepción y a depositarlas al organismo recaudador. Pese a ello, no existen constancias de que al momento del pago se haya practicado la retención correspondiente.

Posteriormente, con fecha 2 de abril de 2013, mediante Resolución SOP y PU Nº181/2013, de la Secretaría de Obras Públicas y Planeamiento Urbano y la Secretaría de Hacienda y Desarrollo Económico, suscripta por el Ing. Jorge Carrizo y la CPN Susana Peralta respectivamente en carácter de Secretarios, se procedió a aprobar y adjudicar el gasto a la firma Mario Avelino Gutiérrez por la suma de pesos: trescientos tres mil doscientos cuarenta y tres con 53/100 ($ 303.243,53); a imputar a la Partida: obra Casa Caravatti Museo de la Ciudad del presupuesto vigente y a autorizar a la Dirección de Suministro y Contrataciones a extender la correspondiente orden de servicios y a la Dirección General de Contaduría a librar la orden de pago por la suma de Pesos: trescientos tres mil doscientos cuarenta y tres con 53/100 ($ 303.243,53).

Por último señalar que en la obra del Museo de la Ciudad se encuentran trabajando personal y maquinarias pertenecientes a la municipalidad, las personas llevan uniforme municipal, las máquinas, los camiones y los vehículos que trasladaban a los obreros tienen el logo del Municipio como vehículos oficiales, y en la carcelería oficial respectiva de la obra no se menciona la modalidad de ejecución de la Obra.

Incluso, en algunos medios de comunicación, tanto el Intendente como sus Funcionarios al referirse a la Obra mencionan que la hacen con personal del municipio o sea por Administración y no por contratación directa como se traduce del Expediente N° 2895-D-2013, S/ “CONTRATACION DIRECTA OBRA PÚBLICA N° 52/2013 PARA LA OBRA REFUNCIONALIZACION CASA LUIS CARAVATTI - PEATONAL RIVADAVIA - MUSEO DE LA CIUDAD - MANO DE OBRA - FONDOS PROPIOS”.

Es por ello que por la magnitud de la obra y en ejercicio de nuestro rol de representación de los vecinos de esta Ciudad, solicitamos el presente informe para que la Ciudadanía tome conocimiento de los actos de gobierno llevados a cabo por el Ejecutivo Municipal.

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