Catamarca
Sabado 04 de Mayo de 2024
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Presentan un proyecto de ley para la asitencia integral en salud mental

Un proyecto de ley de asistencia integral en salud mental que tiene por objeto garantizar las libertades fundamentales y los derechos básicos a la salud mental de todas las personas en el territorio provincial, que fue presentado por la diputada Lucía Martínez(FCyS), tuvo ingreso en la vigésima sesión ordinaria del miércoles pasado y fue girado para su estudio y análisis a las comisiones de Salud Pública y Legislación General
Un proyecto de ley de asistencia integral en salud mental que tiene por objeto garantizar las libertades fundamentales y los derechos básicos a la salud mental de todas las personas en el territorio provincial, que fue presentado por la diputada Lucía Martínez(FCyS), tuvo ingreso en la vigésima sesión ordinaria del miércoles pasado y fue girado para su estudio y análisis a las comisiones de Salud Pública y Legislación General. Apunta a dotar a la provincia de un marco normativo que permita sistematizar una política de salud mental. La garantía de los derechos a la salud mental tendrá como principios de aplicación sin discriminación alguna por motivos de discapacidad, raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de otra índole, origen nacional, étnico o social, estado civil o condición social, edad, patrimonio o nacimiento.

En relación con el sistema de salud mental, todas las personas tienen derecho, entre otros, a la mejor atención disponible, el respeto a la dignidad, singularidad, autonomía y consideración de los vínculos familiares y sociales de las personas en proceso de atención, como también a no ser identificado ni discriminado por padecer o haber padecido un malestar psíquico. Le cabe también otros derechos tales como obtener el tratamiento adecuado, rehabilitación y reinserción social y al tratamiento personalizado y la atención integral en ambiente apto con resguardo de su identidad.

Forman parte del proyecto, como anexos, los principios para la protección de los enfermos mentales y el mejoramiento de la atención de la salud mental, emanados por el Alto Comisionado de las Naciones Unidas y los principios de la Convención Interamericana para la eliminación de todas las formas de discriminación contra las personas con discapacidad, aprobada por la Secretaría General de la Organización de Estados Americanos(OEA).

La iniciativa contempla la creación de la Dirección de Atención Integral en Salud Mental, que será autoridad de aplicación y cuya acción se orientará a formular, planificar, ejecutar y controlar las políticas de salud mental, elaborar el plan de salud mental, conducir, coordinar, supervisar y regular el sistema de salud mental, brindando asistencia técnica a los municipios de la provincia para el desarrollo e instrumentación de programas, proyectos y acciones específicas de protección a las personas con sufrimiento mental.

Otras competencias previstas para el ente a crearse guardan relación con el desarrollo de sistemas de información, vigilancia epidemiológica y planificación estratégicas como componentes de gestión del sistema, concertar y articular políticas y actividades de salud mental con los diferentes organismos de los Poderes Ejecutivos Municipal, Provincial y Nacional, así como con organizaciones de la sociedad civil, orientadas a la constitución de una red de servicios en salud mental, debiendo a su vez convocar al Consejo Provincial de Salud Mental en por lo menos seis oportunidades al año para el tratamiento de los temas relacionados a la temática.
El artículo 9º del proyecto de ley presentado por la diputada Martínez establece que la Dirección de Atención Integral en Salud Mental será ejercida por un profesional universitario con idoneidad en la materia, siendo designado por el Poder Ejecutivo mediante concurso público de antecedentes y oposición, que incluirá una propuesta de un plan estratégico a instrumentar para el gerenciamiento del sector. A su vez, dicho organismo y demás organismos del Estado provincial, tendrán especialmente en cuenta a las personas con sufrimiento mental en condiciones objetivas de pobreza y en situación de riesgo social, planificando acciones a instrumentar abarcativas al grupo familiar y social.
Cabe destacar que la nueva entidad contará con un equipo interdisciplinario integrado por profesionales de la psiquiatría y de la enfermería psiquiátrica, de la psicología, del trabajo social, de la comunicación social, del derecho, de la psicología social, de la sociología y de la antropología.

Registro único y consejo asesor

También el proyecto de ley, dispone en su artículo 15º la creación de un Registro Unico Provincial de Personas con Sufrimiento Mental, en el que se consignarán todos los datos e informaciones que hagan al estado de la persona con sufrimiento mental. Dicha información tendrá carácter de reservada y estará amparada por el secreto estadístico. El registro, que podrá recabar los datos pertinentes de los organismos públicos y privados, locales, nacionales e internacionales, deberá ofrecer -con los resguardos previstos- información a instituciones asistenciales, educacionales o de investigación que las requieran con el objeto de apoyar los fines establecidos.

También se propone la creación del Consejo Asesor Provincial de Salud Mental, que tendrá carácter honorífico, consultivo, no vinculante, con funciones de asesoramiento, siendo integrado por un representante de asociaciones de asistidos y familiares, de asociaciones sindicales con personería jurídica, de asociaciones profesionales relacionadas con la temática, un representante de la iglesia católica, de la subsecretaría de Acción Social y de los ministerios de Coordinación, Gobierno y Justicia, Educación, Producción y Desarrollo, Hacienda y Finanzas y la representación de dos miembros acreditados de la Legislatura Provincial.

El artículo 17º dispone que serán funciones de dicha entidad el asesoramiento para la elaboración de programas, proyectos y acciones inherentes a la temática de la salud mental, con su correspondiente evaluación y monitoreo, como también asesoramiento, cooperación y coordinación en las acciones instrumentadas por la Dirección de Atención Integral de Salud Mental, destinadas a individuos, grupos familiares y sociales.

Según lo dispone el proyecto de ley, el sistema provincial de salud mental estará constituido por los recursos de Salud Mental de los subsectores estatal, de seguridad social y privado que se desempeñen en la provincia.
Deberá promover la salud mental de la población a través de la ejecución de políticas públicas orientadas al refuerzo o amparo, acrecentamiento y restitución o reconstrucción de los lazos sociales solidarios. A su vez se dispone que la prevención tendrá como objetivo accionar sobre problemas específicos de salud mental y los síntomas sociales emergentes de la comunidad, debiendo la asistencia garantizar la mejor calidad y efectividad mediante un sistema en red en todo el territorio provincial. A ellos se agregan otras acciones, entre las que se encuentra la recuperación del bienestar psíquico y la rehabilitación de las personas con sufrimiento mental, asistidas en casos de patologías graves, debiendo tender a recuperar su autonomía, calidad de vida y la plena vigencia de sus derechos y la reinserción social mediante acciones desarrolladas en coordinación con las áreas de trabajo, educación, promoción social y aquellas que fuesen necesarias para efectivizar la recuperación y rehabilitación de la persona con sufrimiento mental.

Régimen de internaciones
Se define a la internación como una instancia de tratamiento que evalúa y decide el equipo técnico interdisciplinario cuando no sean posibles los abordajes terapéuticos ambulatorios. Cuando ésta deba llevarse a cabo, será prioritaria la pronta recuperación y resocialización de la persona. Se procurará la creación y funcionamiento de mecanismos o dispositivos para el tratamiento anterior y posterior a la internación que favorezcan el mantenimiento de los vínculos, contactos y comunicación de la persona con sufrimiento mental internada, con sus familiares, vecinos o amigos, familia sustituta y allegados, con el entorno laboral y social, garantizando su atención integral,. La internación se deberá ajustar a principios éticos, sociales, científicos y legales y solo podrá recurrirse a la internación de un paciente cuando el tratamiento no pueda efectuarse en forma ambulatoria o domiciliaria, y previo dictamen de los profesionales del equipo técnico de salud mental u orden de autoridad judicial para los casos previstos.
Las modalidades de internación se clasifican en voluntaria, si la persona con sufrimiento mental consiente a la indicación profesional o la solicita a instancia propia o por su representante legal, involuntaria cuando a criterio del equipo técnico profesional mediare situación de riesgo cierto o inminente para sí o para terceros y por orden judicial.
El alta de la persona afectada por un padecimiento mental conformará un acto terapéutico, por lo que deberá ser considerada como parte del tratamiento y no como la desaparición del malestar psíquico. El alta definitiva será decidida por el responsable del equipo técnico interdisciplinario de salud mental, debiendo contar con el aval y certificación del director del establecimiento.

(Prensa Diputados)

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