Esta medida se tomará para la zona productivo- ganadera que registra mayor actividad, es decir la comprendida por el Valle Central, el Este provincial y la zona del distrito de Aconquija ( Andalgalá).
Mientras tanto, en la siguiente etapa, que va desde los albores del invierno hasta fin de año, se completará la segunda vacunación exclusivamente para los establecimientos que registren continuos movimientos de hacienda ( ingresos y egresos).
Para el resto de la provincia, que incluye la Región de la Puna Alto Andina y el Oeste ( excepto Aconquija), se propone vacunar solamente los animales que egresen de la zona.
De tal manera, se busca lograr que para el caso de los animales que son sacados de los límites de Catamarca, registren como mínimo dos vacunaciones con 20 días entre una y otra y no superando los 180 días de la última dosis.
Por otra parte, y en virtud de la emergencia hídrica existente en toda la provincia, los productores están autorizados a adelantar la vacunación, pero previamente deben pasar a solicitar la citación al vacunador zonal dependiente del ente encargado.