Catamarca
Viernes 26 de Abril de 2024
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Reconocen el valor probatorio del testimonio de una víctima de violencia de género

La Sala I de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional hizo lugar a una apelación de un fallo que sobreseyó a un hombre acusado de maltrato y abuso sexual de su esposa, al tomar en cuenta el valor probatorio del testimonio de una víctima de violencia de género.
a mujer denunció a su ex pareja por abuso sexual, amenazas y lesiones, pero el juez de Instrucción sobreseyó al hombre "por no haber testigos del hecho".

La mujer denunció a su ex pareja por abuso sexual, amenazas y lesiones, pero el juez de Instrucción sobreseyó al hombre "por no haber testigos del hecho"


Al conocer el dictamen, la fiscalía de instrucción Nº 8, junto con el Programa de Género del Ministerio Público Fiscal (MPF) apeló la decisión y la Cámara hizo lugar al recurso.

El juez de Instrucción procesó al violento "por hechos de amenazas ocurridos tras la separación pero decidió sobreseerlo por los abusos sexuales que su ex-pareja denunció ante la Oficina de Violencia Doméstica (OVD) de la Corte como ocurridos durante los años de convivencia", informó el MPF.

La mujer relató ante profesionales de la OVD y en declaraciones en las causas civiles y penales, "cómo el imputado la forzaba a mantener relaciones sexuales contra su voluntad. La violencia sexual se daba como parte del contexto de violencia de género al cual se veía sometida y que también involucraba maltratos físicos y psicológicos", explicó el organismo fiscal.

El juez sobreseyó al imputado "por no existir testigos presenciales de los hechos denunciados y por considerar que no existía prueba alguna de los abusos sexuales".

Ante este fallo, el MPF cuestionó los fundamentos del sobreseimiento y "la completa ausencia" de una perspectiva "sensible al género" en la resolución.

Sobre la ausencia de testigos presenciales, el Programa de Género del MPF señaló: "No puede ser considerada un obstáculo para la investigación y eventual comprobación de hechos como los que aquí se persiguen, y que precisamente se caracterizan por su perpetración en el ámbito de la intimidad o ámbitos predispuestos por el autor para evitar que sean observados por terceras personas".

La exigencia de testigos como requisito para la comprobación del abuso "crearía una garantía prácticamente inamovible de impunidad de los delitos contra la integridad sexual".

Asimismo, el Programa cuestionó la afirmación del juez de instrucción respecto de la ausencia de prueba alguna de los hechos y reafirmó "el valor probatorio que reviste el testimonio de las víctimas en casos en que se investigan situaciones de violencia de género".

El organismo enfatizó que "no puede desconocerse que tales hechos de violencia se llevan a cabo, por lo regular, fuera de la vista de eventuales testigos, y por tanto, la reconstrucción de lo sucedido depende en la mayoría de los casos del relato de quienes resultan ser las víctimas".

Ahora, la Sala I de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional decidirá en los próximos 5 días "plazo que le reconocen las normas procesales para analizar el planteo y resolver", recordó el Ministerio.

Fuente: Télam

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