Catamarca
Viernes 26 de Abril de 2024
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Rige la prohibición de venta de combustibles a motociclistas sin casco

El Concejo Deliberante de la Capital recuerda que se encuentra vigente la Ordenanza Nº 4683/09, la cual prohíbe la venta de combustible en el ámbito de San Fernando del Valle de Catamarca a los conductores de motocicletas, ciclomotores y cuatriciclos y a sus acompañantes, que al momento de realizar la carga no circulen con el casco reglamentario.
(DIARIOC, 16/09/2010) En su artículo 3º, la normativa presentada por el edil Luis Agüero, recuerda a los titulares de las empresas, comercios o establecimientos que realicen la venta de combustibles, en violación a lo antes citado, que serán sancionados con multas cuyo monto será de 50 Unidades de Multa (UM) a 500 UM (de $50 a $5000). Y que en caso de reincidencia, la multa se debe incrementar al 100% del monto máximo establecido anteriormente, e inclusive se debe imponer la sanción de clausura.

La Ordenanza también (en su artículo 5to.) indica que los sujetos obligados del artículo 3º de la presente deben exhibir en sus instalaciones un cartel suficientemente visible para los conductores, con el siguiente texto: “ESTÁ PROHIBIDA LA VENTA DE COMBUSTIBLE A LOS CONDUCTORES DE CICLOMOTORES, MOTOCICLETAS, VEHICULOS CUATRICICLOS Y TRICICLOS MOTORIZADOS, A SUS ACOMPAÑANTES, QUE NO CIRCULEN CON EL CASCO REGLAMENTARIO. ORDENANZA MUNICIPAL Nº……………………”

Cabe añadir que los importes percibidos en concepto de multas por las transgresiones a la presente Ordenanza, deben ingresar a una cuenta especial que constituirá un fondo municipal, y cuyas sumas deben ser destinadas a la realización y difusión de campañas de concientización del uso del casco y prevención de accidentes de transito.

Es autoridad de aplicación de la presente norma la Administración de Transito, dependiente de la Dirección de Policía de la Municipalidad de la Capital o el organismo que en el futuro lo sustituya (artículo 2do.).

Disminuir accidentes

Según indican los fundamentos, la Ordenanza Nº 4683/09 surgió “como una necesidad propia de la sociedad de disminuir el alto índice de accidentes de tránsito producidos, en mayor medida, por motocicletas”.

“Esta Ordenanza busca concientizar de alguna manera a los conductores de éstos rodados, ya que la mayoría no toma los recaudos necesarios y no evalúa peligros al conducir. Es por ello que necesitamos controlar aún más la situación, mediante la prohibición del abastecimiento de combustible en estaciones de servicios, a quienes no lleven el casco reglamentario”, se destacó.

Agüero también destacó la importancia del casco, como medida preventiva de accidentes.
“Está comprobado que el casco reglamentario, al momento de impactar en un accidente, es el que preserva la vida de a persona (protegiendo una parte del cuerpo tan delicada como la cabeza)”. Pero advierte que “es frecuente observar a los responsables de estos vehículos transitar por calles de nuestra ciudad sin tomar las medidas necesarias de seguridad y no cumpliendo normas de tránsito al no contar con un caso protector”.

Vehículo económico
En la última parte del expediente, el concejal manifiesta que “en la actualidad, las motocicletas representan un vehículo de transporte ágil y económico”, pero que “lamentablemente se ven involucradas diariamente en accidentes de tránsito, que en muchas oportunidades hasta llegan a cobrarse la vida humana”.

Agüero finaliza su presentación, remarcando que “urge ejercer una nueva modalidad de control sobre los conductores de motocicletas y rodados de similar envergadura, negándoles el suministro de combustible en estaciones de servicios a quienes no cumplan con la presente Ordenanza”.

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