(DIARIOC, 27/08/2009) Entre los fundamentos expuestos que institucionalizan su creación y funcionamiento se destacan:
Que resulta necesario generar espacios de encuentro en los cuales se trabaje sobre la tutela de los derechos constitucionales, el pleno ejercicio de los Derechos Humanos, la participación ciudadana, la preservación de las instituciones republicanas que fortalecen el sistema democrático, la autonomía e integración de las personas con diferentes capacidades y el fortalecimiento del estado de derecho en la República Argentina.
Que para el cumplimiento de los fines que sustentan las garantías y los derechos que la prescriben, el Rectorado considera impostergable la conformación de la Comisión de Discapacidad y Derechos Humanos, en el ámbito de la Universidad Nacional de Catamarca.
Que la Comisión de Discapacidad y Derechos Humanos y sus respectivas Subcomisiones deben asegurar la participación institucional a través de la incorporación de todos los estamentos de la Universidad, por lo que estará constituida por un representante docente de cada una de las Unidades Académicas, un representante por cada una de las Secretarías de Rectorado, un representante No docente y un representante de la Federación Universitaria de Catamarca, bajo la Coordinación General de la Secretaría de Bienestar Universitario y de Asuntos Estudiantiles.
Que son funciones de esta Comisión el desarrollo de acciones que propicien la accesibilidad universal, la educación inclusiva y laboral, y la igualdad de oportunidades en el ingreso, tránsito, permanencia y desempeño en la Universidad de estudiantes, docentes y no docentes con discapacidades, motoras, visuales, auditivas, psíquicas, cognitiva y de otras características facilitando su accesibilidad en todos los niveles y espacios de la Universidad.
Que de igual manera la Universidad Nacional de Catamarca, a través de la Comisión de Discapacidad, promoverá actividades, programas y cursos en torno al desarrollo de la formación, investigación, difusión y extensión universitaria, que redunde en beneficio de toda la sociedad, atendiendo a la vulnerabilidad social en todas sus manifestaciones implicada en personas con algún tipo de discapacidad.
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Que la Secretaría de Bienestar Universitario y de Asuntos Estudiantiles ha puesto en consideración el Proyecto que sustenta y orienta las acciones de la Comisión de Discapacidad, sus objetivos, sus fines y los fundamentos de su creación, enmarcados en una filosofía humana, solidaria y participativa sobre las cuales se desarrollará la planificación general, además se promoverán programas, proyectos y actividades compatibles a su funcionamiento. En este contexto, el Rector de la Universidad Nacional de Catamarca, Ing. Flavio Fama dispuso la creación de la Comisión de Discapacidad y Derechos Humanos (CODIUNCa) en la Universidad Nacional de Catamarca, integrada por
(1) representante docente de cada unidad académica.
(1) representante No docente.{adr}
(1) representante estudiantil.
(1) representante por Secretaría General de la Universidad.
(1) representante por la Secretaría de Bienestar Universitario y Asuntos Estudiantiles.
(1) representante por Secretaría de Extensión de la Universidad.
(1) representante por Secretaría de Ciencia y Tecnología de la Universidad.
(1) representante por Secretaría Académica y de Postgrado de la Universidad.
Se ha delegado la Coordinación General de la Comisión de Discapacidad en la Secretaría General para la conformación de Subcomisiones que aseguren un desenvolvimiento eficaz de las actividades previstas en la organización de la Comisión.