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Viernes 26 de Abril de 2024
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CONCEJO DELIBERANTE

Se creó la Comisión Municipal de Boxeo

Los concejales de la Ciudad Capital sancionaron hoy un Proyecto de Ordenanza presentado por el concejal Carlos Guzmán, mediante el cual se crea la Comisión Municipal de Boxeo que tendrá a su cargo la organización, realización y fiscalización de los espectáculos boxísticos profesionales o amateurs que se lleven a cabo en el ámbito municipal.
(DIARIOC, 27/08/2009) La iniciativa, tratada sobre tablas, establece que dicha Comisión estará integrada por dos médicos: uno de ellos dependiente de la Secretaría de Salud y Promoción Social Municipal y otro médico a propuesta del DEM con acuerdo del Concejo Deliberante; un asesor letrado; un juez titular y uno suplente; un árbitro titular y uno suplente; y un periodista deportivo designado por las entidades que los nuclean. Del seno de la misma, y de acuerdo a lo exigido en la norma, la Comisión deberá elegir un presidente, un vicepresidente, un tesorero, un secretario de actas; los que durarán dos años en sus funciones las que tendrán carácter ad honorem.

Asimismo, se indica que la Comisión en mención se regirá además por la reglamentación de la Federación Argentina de Boxeo; y que “toda persona y/o institución interesada en la organización y/o promoción de espectáculos de Boxeo profesional o amateurs, deberá comunicar a la misma, con no menos de 10 días de anticipación a la fecha del evento, el lugar, el día y hora de realización, nómina de los púgiles con indicación de sus categorías, especificando quiénes serán sus oponentes, como así también toda documentación exigida por la reglamentación interna de dicha Comisión”; la que incluso designará la nómina de jurados, árbitros, cronometristas, fiscales, anunciador y médico.

El concejal autor del proyecto, mencionó que “en el año 1988 se sancionó la Ordenanza Nº 1641 mediante la cual se creó la Comisión Municipal de Boxeo” pero debido al paso del tiempo “ésta ya no se adecua, por lo cual no fue suficiente introducirle modificaciones” en cambio “fue necesario su renovación por completo sin apartarse del espíritu original que persiguieran sus impulsores”. Destacó en otro orden, que “a los efectos de un mejor estudio del proyecto, se invitó a participar en el análisis del mismo a técnicos de la Dirección de Deportes y Recreación de la Municipalidad quienes aportaron en su redacción final, brindando un total apoyo a la iniciativa y también a la Asesoría Parlamentaria del Cuerpo”.

Según lo especificado en el articulado de la Ordenanza sancionada en la fecha, son atribuciones de la Comisión:

- Otorgar o denegar permiso a la realización de los espectáculos de boxeo; sólo la Comisión podrá autorizarlos, de acuerdo a lo normado por el reglamento de la Federación Argentina de Boxeo.

- Conceder o retirar permiso definitivo o temporario para actuar en su jurisdicción, a los púgiles, aficionados y profesionales, promotores particulares, promotores clubes, segundos, jueces, jurados, fiscales, cronometristas y managers, que violaran la presente ordenanza y reglamento de la Federación Argentina de Boxeo.

- Aplicar sanciones por toda infracción que se refiere al espectáculo en sí, o los requisitos que se deban llenar para llevarlos a cabo. Estas sanciones alcanzarán por igual a pugilistas aficionados y profesionales, promotores particulares, promotores clubes, segundos, jueces, jurados, fiscales, cronometristas y managers.

- Fiscalizar el fiel cumplimiento de las penalidades que impone.

- Designar las autoridades de los combates, de profesionales, amateurs, jurados, jueces, fiscales.

- Observar en su accionar los reglamentos vigentes en el orden nacional y provincial, y ser única y exclusiva responsable del cumplimiento de sus normas, quedando autorizadas a dictar un reglamento interno que regule su actividad.

- Verificar que los promotores mantenga al día los seguros de salud de los púgiles, tanto profesionales como amateurs.

- Velar por la seguridad e integridad física del boxeador.

Además de contener muchos otros artículos por los cuales se regirá la Comisión, los alcances y funciones que tendrá, etc., la norma estipula que “la violación por la parte de los organizadores, promotores y boxeadores de las normas fijadas en la presente ordenanza, los hará pasibles de multas aplicadas por el DEM a solicitud de la Comisión Municipal de Boxeo, graduada entre 30 Unidad de Multa a 150 Unidad de Multa y/o inhabilitación temporaria o perpetua para organizar o participar de espectáculos boxísticos en nuestra ciudad”.

Otros temas

Además, se trataron y aprobaron los siguientes proyectos: Ordenanza iniciada por Intendencia por el cual se aprueba un Convenio celebrado entre la Municipalidad de la Capital y la Subsecretaría de Servicios Públicos de la provincia; Ordenanza iniciada por el concejal Carlos Guzmán, sobre ordenar el tránsito en el Bº Parque América, determinando el sentido de circulación vehicular en distintas arterias; Ordenanza iniciada por la concejal Amabilia Ortíz (Circuito 5), por el que se dispone la construcción de reductores de velocidad en intersección de calles 25 de Mayo y Rioja, con la correspondiente señalización horizontal y vertical; Ordenanza iniciada por la concejal Mabel Acevedo (Circuito 6), referida a la construcción de pasarelas ubicadas sobre Arroyo La Florida, entre calles Olmos de Aguilera y Avenida Belgrano de esta Ciudad Capital; Declaración presentada por el concejal Luis Agüero (Circuito 4) por el que se Declara de Interés de la Ciudad la serie televisiva “Supersticiones, leyendas y creencias”; Declaración iniciado por el concejal Mariano Leiva (Circuito 3), por el que se declara de Interés de la Ciudad, el 186º Aniversario de la Policía de la provincia de Catamarca.

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