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Viernes 26 de Abril de 2024
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Senado: unificarán proyectos de ley sobre desafuer

La Comisión de Asuntos Constitucionales, Peticiones y Poderes de la Cámara de Senadores, decidió unificar las dos iniciativas en relación a la normativa referida al desafuero, remoción o juicio político, a legisladores, funcionarios o magistrados.
(DIARIOC, 19/03/2008)    Se trata del proyecto de ley de autoría del senador de Paclín, Jorge Edgardo Agüero,  sobre “Desafuero, Inmunidades Parlamentarias, Juicio Político, Inmunidad de Arresto del Poder Legislativo y Poder Judicial”, presentado en mayo del  2005 y un proyecto posterior, que cuenta con media sanción de la Cámara baja,  denominado “Ley Provincial de Fueros”, presentado por diputada Sara Ludueña de Cadó.
La comisión, que preside el senador Luis Rodríguez, se reunió en las últimas horas para trabajar en ambas iniciativas junto a los asesores letrados de la Cámara alta y lo volverá a hacer el martes próximo, oportunidad en la que se espera contar un con despacho unificado de ambas propuestas.
Según informó el senador Agüero, secretario de dicha comisión, la idea es consensuar una propuesta superadora en función de del objetivo que dio origen a la presentación del proyecto de ley y que no es otro que “allanar el camino de la Justicia en la búsqueda de la verdad, en procesos en donde se encuentren involucrados legisladores, funcionarios y magistrados”. También garantizar que se les otorgue a éstos “un debido proceso, con reglas claras, en donde puedan ejercer libremente su garantía constitucional a una libre defensa, de manera tal que puedan contribuir a esclarecimiento de los hechos en los que se hallen imputados”.
Se ha trabajado considerando ambas propuestas aún cuando no existen diferencias “sustanciales” de contenido entre una u otra, se ha hecho hincapié en la redacción de cada uno de los artículos.  
Algunos de los cambios que indudablemente debieron efectuarse tienen que ver con la vigencia del nuevo Código de Procedimiento Penal de la Provincia.
Por ejemplo, el artículo primero de la ley mantendrá el contenido de la propuesta de Agüero que establece que cuando, por parte del fiscal de Instrucción de la Provincia se abra una causa penal en la que se impute la comisión de un delito a un legislador, funcionario o magistrado sujeto a desafuero, remoción o juicio político, el tribunal competente seguirá adelante con el procedimiento judicial, pero no podrá disponer la elevación de la causa a juicio, detenerlo o conducirlo por la fuerza pública, sin solicitar previamente el allanamiento de su inmunidad ante quien corresponda.
En tanto que, se indica además, que el fiscal de instrucción no podrá ordenar la requisa personal, allanamiento del domicilio particular o de las oficinas de los legisladores, ni la intercepción de su correspondencia o comunicaciones sin la autorización de la respectiva Cámara.

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