Sr. Director DiarioC
SU DESPACHO.-
Por la presente molesto su atención a efectos de solicitarle insertar en el prestigioso espacio digital de www.diarioc.com.ar que Ud. dirige, mi opinión desde la visión Vecinalista sobre los alcances de la reciente promulgación de la Ley 25.855 que habla sobre el“Voluntariado Social”
El Poder Ejecutivo Nacional ha publicado en su boletín oficial del día 8 de Enero ultimo, una nueva normativa que tiene como objetivo principal promover el voluntariado social como una herramienta para la participación solidaria en actividades sin fines de lucro, regulando el marco de las relaciones entre los voluntarios y las Organizaciones donde desarrollan sus actividades.
Esta ley instaura un claro reconocimiento al importante rol de los voluntarios sociales, los cuales elaboran y ejecutan acciones dirigidas al interés general especialmente para erradicar situaciones de marginación social y en definitiva para la construcción de una sociedad más Solidaria y Participativa.
El Voluntariado Social se define como“una persona física que lleva a cabo por su libre determinación de modo gratuito y solidario tareas de interés general” por lo que la presente normativa enfatiza de manera especial el derecho al reembolso por concepto de gastos realizados, como así también la cobertura de un seguro contra riesgo de accidente y enfermedades al voluntario.
A partir de la promulgación, se abre un camino donde sobresale la etapa de la reglamentación y perfeccionamiento de la legislación, para ello es necesario el compromiso social de Legisladores, Funcionarios, Expertos y muy especialmente de personas y entidades que se encuentren vinculadas con las Organizaciones de la Sociedad Civil.
Sin otro particular, Saludo a Ud. Muy Atentamente.-
Luis Alberto Ceballos
Sociedad de Fomento Villa Cubas