Catamarca
Viernes 26 de Abril de 2024
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Aclaran sobre partidas alimentarias

En torno a una denuncia efectuada el pasado miércoles ante una emisora local por Javier Rosales en el sentido de "que desde hace más de dos meses" la Secretaría de Estado de Desarrollo Social de la Provincia de Catamarca "ha desabastecido de partidas alimentarias a merenderos de la zona sur de la ciudad", desde el organismo se aclaró que esta versión "carece de absoluto sustento, ya que información suministrada por la Dirección Provincial de Políticas de Promoción Socio Alimentaria y la Dirección de Autogestión Alimentaria permite corroborar -mediante fehaciente documentación- la falacia emitida".
En tal sentido, la Dirección de Políticas Comunicacionales de esta institución, pone a disposición de los interesados la debida documentación donde se deja constancia de que:
El merendero Nº 301 ubicado en el Barrio Virgen Niña y que Rosales se adjudica como propio, no aparece en los padrones de la Secretaría bajo su nombre sino bajo la responsabilidad de la señorita Flores Ivana Daniela.
Dicho merendero ha recibido con fecha 17 de marzo "cuyos remitos también están a disposición para corroboración de la información- la totalidad de los siguientes alimentos: 43 paquetes de leche entera en polvo, 20 paquetes de azúcar, 3 paquetes de cacao, 12 de arroz por un kilogramo y 42 paquetes de harina por 1 kg. Dicha entrega se sumó a una anterior en la cual, con fecha 02 de marzo, se hizo entrega de: 41 paquetes de leche entero en polvo, 18 de azúcar, 2 de cacao por 1 kg, 10 paquetes de arroz por 1 kilogramo y 40 paquetes de harina por 1 kilogramo.
El pasado 17 de marzo, en oportunidad de la recepción de las correspondientes partidas el se;or Rosales firmó la notificación respecto del llamado a cumplimentar con el trámite de re empadronamiento del merendero al cual dice representar, siendo que hasta la fecha no ha ingresado a la Unidad Ejecutora correspondiente la información oportunamente solicitada.
En cuanto a la demora en la entrega de nuevas partidas alimentarias, se informa a la comunidad que de existir la misma, es necesario que sus responsables se presenten a la SecretarÌa a dar cumplimiento al requisito de reempadronamiento de beneficiarios, condición sine qua non para la recepción de los mismos, en vistas de la conformación del Registro único de Beneficiarios lo cual permitirá una más justa distribución de los recursos, los cuales necesariamente deben estar destinados a la población que certeramente requiere de ellos.



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