La iniciativa de Pietragalla Corti se propone reglamentar esa prohibición de la facultad de indultar a los autores de este tipo de delitos aberrantes de conformidad también con lo interpretado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en los fallos "Mazzeo" y "Videla".
En estos fallos, se declaró la inconstitucionalidad de los indultos a autores de delitos de lesa humanidad cometidos durante la última dictadura cívico-militar.
Además, los argumentos del proyecto de ley mencionan diferentes antecedentes de organismos y tribunales internacionales como la declaración de la Corte Internacional de Derechos Humanos (CIDH), máximo intérprete de la Convención Americana de Derechos Humanos.
Los argumentos del proyecto de ley mencionan diferentes antecedentes de organismos y tribunales internacionales como la declaración de la Corte Internacional de Derechos Humanos (CIDH)
La CIDH consideró "inadmisibles las disposiciones de amnistía, las disposiciones de prescripción y el establecimiento de excluyentes de responsabilidad que pretendan impedir la investigación y sanción de los responsables de las violaciones graves de los derechos humanos tales como la tortura, las ejecuciones sumarias, extralegales o arbitrarias y las desapariciones forzadas, todas ellas prohibidas por contravenir derechos inderogables reconocidos por el Derecho Internacional de los Derechos Humanos".
"De lo que se trata con este proyecto de ley es de establecer -vía legal- esta interpretación constitucional sobre la restricción de la facultad de indultar, amnistiar o conmutar penas en casos de delitos de lesa humanidad, de conformidad a lo ya fallado por la Corte Suprema para los casos concretos", explicó Pietragalla.
"A su vez, una ley de estas características serviría como una reafirmación de las instituciones democráticas sobre la gravedad de los delitos de lesa humanidad y la obligación del juicio y castigo para sus responsables", agregó.
El Artículo 1 del proyecto de Ley presentado indica que "Las penas o procesos penales sobre los delitos de genocidio, de lesa humanidad y crímenes de guerra contemplados en los artículos 6, 7 y 8 del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional y en los tratados internacionales de derechos humanos con jerarquía constitucional, no pueden ser objeto de amnistía, indulto o conmutación de pena, bajo sanción de nulidad absoluta e insanable del acto que lo disponga."
El proyecto lleva las firmas de los diputados Horacio Pietragalla, Andrés Larroque, Eduardo "Wado" de Pedro, Mayra Mendoza, Juan Cabandié, María Luz Alonso, Mauricio Gómez Bull, Josefina González, Marcelo Santillán, Anabel Fernández Sagasti, Marcos Cleri, Remo Carlotto, Jorge Rivas, María Teresa Gacía y Edgardo Depetri.
Fuente: Télam