De acuerdo a la ley los profesionales médicos de cualquier especialidad que en consultorios privados o públicos detecten patologías oncológicas, deberán comunicar las características y estudios evolutivos de las mismas. Las estadísticas elaboradas por el personal del registro tendrán carácter público y en todos los casos los profesionales médicos y el equipo interdisciplinario que intervenga, velará por el derecho a la intimidad de los pacientes a su cargo. En tanto, por vía reglamentaria, el ministerio de Salud y Acción Social determinará la forma y plazo para remitir la información al registro por parte de los organismos públicos y privados de la provincia. Asimismo la reglamentación determinará las sanciones a aplicarse a los responsables ante la negación de aportar datos o falseamiento de los mismos.
El senador Daniel Saadi, titular de la comisión de Salud de la Cámara alta, señaló que es oportuna la aprobación de la ley ya que las enfermedades oncológicas han aumentado su incidencia en nuestra población y no existía un registro único estadístico para determinar qué tipo de patología y qué tipo de cáncer afectaba a la misma. Explicó que las fichas que se entregarán tanto en los consultorios particulares de los médicos como en los sanatorios, serán llenados con datos tales como la edad, la ocupación y la patología se trata desde el punto de vista oncológico y se consignará solo las iniciales del paciente. Las fichas oncológicas permitirán detectar qué patología es de mayor incidencia en la provincia de manera de poder actuar en la prevención de la misma.