"El artículo 85 de la Constitución Nacional expresa que ´El presidente del organismo será designado a propuesta del partido político de oposición con mayor número de legisladores en el Congreso´ y la Ley Nº 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional, refiere sobre el particular, estableciendo que éste dura en su cargo el plazo de ocho años."
Respecto de la situación actual, se explica que el artículo 123 de la Ley 24.156, establece que se requiere para la designación del titular de la AGN se necesita "la notificación expresa del titular de la UCR a las dos Cámaras del Congreso Nacional" y "la resolución conjunta de los presidentes de las Cámaras de Senadores y de Diputados".
Asimismo se señala que la "Presidencia de la cámara reafirma su profundo compromiso con las Instituciones de la República llamadas a fortalecer el sistema democrático a través de las instancias de control respecto de las actividades del Estado".
"En tal sentido los diversos sectores involucrados deberemos realizar el mayor esfuerzo para regularizar y garantizar la continuidad del funcionamiento de la Auditoria General de la Nación", concluye el comunicado.
Fuente: Télam