De acuerdo a la ley las bolsas ó envases de plástico ó de material no biodegradable deberán ser sustituidas por otro tipo de contenedores que tengan la propiedad de biodegradarse en el medio ambiente, minimizando el impacto ambiental provocado por este tipo de elementos de uso cotidiano.
En el caso en que el contenido a envasar sea húmedo ó por sus características sea necesario utilizar un envase específico, se permitirá el uso de bolsas o envases de material no biodegradable, siempre y cuando no exista un sustituto de igual características
biodegradables, debiendo llevar impreso, en forma visible, tal característica.
La normativa tendrá como autoridad de aplicación al ministerio de Producción y Desarrollo a través de la subsecretaría de Industria y Comercio, que tendrá a su cargo el control de su cumplimiento. Está, en forma unilateral y por resolución fundada, podrá disponer de las sanciones y multas que establezca la reglamentación respectiva, pudiendo actuar de oficio ó ante cualquier denuncia de violación a la presente norma.
Deberá además implementará un programa de sustitución y reemplazo de bolsas, envases y contenedores de plásticos ó de material no biodegradable, que consistirá en fijar un plazo de treinta y seis meses, contados a partir de la fecha de promulgación de la presente Ley, para el reemplazo o sustitución definitiva, en todos los comercios señalados en el Artículo 1º pudiendo graduar los cambios.
También realizar campañas de difusión y concientización sobre el uso racional del material no biodegradable, para el envase y contención de los productos comercializados en dichos establecimientos. Además, informar y capacitar a los destinatarios de esta ley, sobre las alternativas existentes en sustitución de todos estos elementos no biodegradables.
La autoridad de aplicación, deberá llevar un registro de los comercios infractores con la obligación de informar sobre los mismos, al Registro de Proveedores del Estado y a todos los organismos que conforman la administración pública dependiente de los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial. El senador Carlos Acevedo habría presentado este proyecto en el 2008. Durante su fundamentación se refirió a la importancia del mismo. “Se trata de un objeto degradante del medio ambiente, alterador del paisaje, peligroso para la salud humana y nocivo para todo el conjunto en general”. Entre los datos que aportó dijo por ejemplo que este tipo de material, tarda 150 años en degradarse