El tribunal, integrado por los jueces Rodolfo E. Munné, Santiago H. Corcuera y Alberto R. Dalla Via, destacó, además, que en la mayor parte de los países de América Latina el sufragio es también considerado una obligación.
Por último, la Cámara consideró que la obligatoriedad del voto no es “lesiva de los derechos políticos tutelados en los tratados internacionales”. La Convención Americana, por caso, “se limita a establecer determinados estándares dentro de los cuales los Estados legítimamente pueden y deben regular los derechos políticos [...] siempre y cuando dicha reglamentación [...] sea razonable de acuerdo a los principios de la democracia representativa”.