El trámite se iniciará con la formación del expediente, sin cargo alguno, sometiéndose luego a la evaluación de varias áreas de la comuna capitalina con el objeto de constatar los daños sufridos y la situación socio económica del grupo familiar solicitante .
La eximición del pago del impuesto inmobiliario se otorgará a denegará mediante Resolución de la Secretaría de Hacienda. En caso de denegarse el beneficio, los interesados tienen derecho a pedir la revisión del trámite ante el Departamento Ejecutivo Municipal.
En aquellos casos en que el contribuyente eximido hubiere ya efectuado algún pago de este periodo los mismos podrán imputarse a otros periodos anteriores o posteriores, según el estado de deuda.