En la resolución, que hizo lugar a las apelaciones del fiscal electoral Jorge Di Lello y del Ministerio del Interior y revocó el fallo de Servini de Cubría, la Cámara advirtió que las leyes "no son revisables en su oportunidad o conveniencia".
Ello, escribieron los camaristas, "además de invadir las atribuciones de otros poderes, traería como consecuencia necesariamente una absoluta, riesgosa y trastornadora inseguridad jurídica, toda vez que nunca podría tenerse la certeza de la permanencia y vigencia de las instituciones". (Télam).-