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Sabado 04 de Mayo de 2024
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Iniciarían acción judicial contra la nación

Durante la sesión ordinaria del miércoles último tuvo ingreso formal en la Cámara de Diputados un proyecto de resolución elaborado por la bancada del Frente Cívico y Social(FCyS) a través del cual se solicita al Poder Ejecutivo Provincial que, a través del órgano competente, se analice la necesidad y la conveniencia de iniciar acción judicial "para hacer cesar la arbitraria e ilegítima omisión en que se encuentra incurso el Estado Nacional en su obligación de remitir a la provincia los fondos para la mantención de los comedores escolares, infantiles y comunitarios previstos por las leyes 24049 y 23767 y que funcionan en el territorio provincial".
Girada la iniciativa para su estudio y análisis a la comisión de Peticiones y Poderes, entre los fundamentos se expone que en reunión informativa mantenida con los legisladores de la Cámara, el ministro de hacienda y Finanzas de la provincia, Jorge Greco "manifestó la honda preocupación a raíz de los reiterados incumplimientos del gobierno nacional con la transferencia de los fondos para la mantención de los comedores escolares, infantiles y comunitarios que funcionan en la provincia".
Los legisladores frentistas dejan en claro que la alimentación que se provee a los menores en las escuelas públicas "se financia con la obligación asumida por el gobierno nacional a través de lo dispuesto por la ley 24049/92 de transferencia a las provincias de los servicios educativos" y subrayan que los artículos 14º y 15º de la mencionada ley prevén la asignación de un fondo "que debía retenerse de las sumas coparticipables en forma previa a la distribución secundaria, con destino al financiamiento de los servicios educativos que se transferían, y lo dispuesto por la ley 23767 para los comedores comunitarios correspondientes al costo de los programas asistenciales".
Expresando que "los incumplimientos reiterados por parte del gobierno nacional violan el principio de legalidad", los fundamentos de la resolución elaborada por la bancada frentista continúan basando su inquietud en antecedentes jurídicos, y citan la cláusula transitoria sexta de la Constitución Nacional y la garantía establecida a favor de las provincias en el artículo 75 inciso 2º, 5to. párrafo del mismo texto, "amenazando indirectamente el derecho a la vida, resguardado constitucionalmente por la ratificación de nuestro país del Pacto de San José de Costa Rica y la Convención sobre los Derechos del Niño".

El bloque del FCyS expresa además que el anhelo que se propicia en este proyecto tiene también fundamento en el reciente fallo que la Corte Suprema de Justicia de la Nación dictara a favor de la provincia de Salta en autos S.2.597 XXXVIII "Salta, Provincia de c/ Estado Nacional s/acción de amparo" 19/09/02-CSJN "que fuera incoado por la mencionada provincia por idénticos incumplimientos".


En idéntica dirección destacan que "la gravedad del hecho motivó que la provincia de Catamarca viniera paliando esta situación con recursos propios, que a la fecha se agrava aún más si tenemos presente los incumplimientos que el gobierno nacional ha venido observando con las remesas que en concepto de coparticipación federal les corresponde a todas las provincias". (Prensa Diputados)


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