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Juró el nuevo procurador del Tesoro

Joaquín Pedro Da Rocha juró ayer tarde como Procurador del Tesoro de la Nación, en reemplazo de Osvaldo Guglielmino, que debió renunciar tras el escándalo por la salida de Martín Redrado del Banco Central.
(DIARIOC, 02/02/2010) La presidenta Cristina Fernández tomó juramento a Da Rocha a las 17.50, en el Salón Blanco de la Casa Rosada, tras designarlo a través del decreto 148.

El nuevo funcionario juró en un salón colmado de ministros y funcionarios del Poder Ejecutivo, diputados y senadores nacionales, dirigentes peronistas bonaerenses y familiares del nuevo procurador.

Da Rocha, encargado ahora de defender los intereses del Estado nacional, llegó a ese cargo luego de que su antecesor Guglielmino abandonase el cargo a raíz del fuerte enojo de la cúpula del oficialismo por su desempeño en el escándalo generado por el uso de reservas del Central para pagar deuda, a lo que se sumó la resistencia de Redrado a irse del BCRA. El nuevo procurador está casado con la fiscal en lo criminal de la Capital Federal, Mónica Lilian Cuñarro, quien fuera titular de la Unidad Fiscal de Apoyo para la Investigación de Delitos Complejos en materia de drogas.

Abogado de la UBA, fue subsecretario de Justicia bonaerense entre 1988 y 1991 durante la gestión del gobernador Antonio Cafiero. También fue vocal del tribunal de enjuiciamiento del ministerio público de la Nación y conjuez de la Suprema Corte de Justicia bonaerense, asesor jurídico del Senado y director del proyecto reforma procesal penal de la Nación.

Por la ley 24.667, el procurador del Tesoro depende directamente del Presidente de la Nación, tiene jerarquía equivalente a la de los Ministros del Poder Ejecutivo y ejerce sus competencias con independencia técnica.

Entre las competencias y funciones de la Procuración del Tesoro figuran brindar asesoramiento jurídico al Poder Ejecutivo Nacional y a organismos dependientes; asumir la representación y defensa del Estado nacional en juicio y dirigir al cuerpo de abogados del Estado.

También instruir investigaciones y sumarios administrativos en los casos previstos por el ordenamiento jurídico y cuando así lo disponga el PEN, registrar y auditar los juicios en los que el Estado nacional sea parte.

Fuente: minutouno.com.ar

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