También se deberá informar sobre la cantidad de recursos extraordinarios deducidos en cada uno de los tres últimos años por la Anses contra las sentencias de la Cámara Federal de la Seguridad Social, la cantidad de sentencias firmes que ordenan el reajuste de los haberes que se encuentran pendientes de cumplimiento.
“Es una medida de mejor proveer. La Corte pretende munirse de alguna información que puede ser importante. Está evaluando qué impacto podría tener aceptar el planteo de la Defensoría de representar a todos los jubilados y pensionados para que se les aplique el fallo Badaro”, explicó en diálogo con Infobae.com Anselmo Sella, defensor adjunto I.
Justamente, la decisión de la Corte surge en el marco de un pedido realizado por la Defensoría del Pueblo para que en una sentencia única se puedan resolver los reclamos de todos los jubilados que estarían en una situación similar a Adolfo Badaro, un jubilado que fue beneficiado en 2006 por una sentencia del máximo tribunal.
En caso de que la Corte acepte el pedido de la Defensoría, lo que marcaría un novedoso antecedente jurídico en la Argentina, el fallo será aplicable a todos aquellos jubilados que iniciaron el trámite administrativo o judicial para el ajuste y también a aquellos que nunca hicieron nada.
“Nosotros pretendemos que con una sola sentencia se puedan resolver los problemas de cientos de miles de jubilados, sobre lo que tenemos fundada expectativa. De lo contrario esto será de nunca acabar y cada persona que esté en la misma situación tendrá que ir a juicio, esperar la apelación de la Anses, luego ir a la Cámara y finalmente llegar a la Corte”, explicó Sella.
La resolución de la Corte también hace mención a que se deberá informar la cantidad de sentencias que han sido íntegramente cumplidas en cada uno de los últimos cinco ejercicios fiscales, con indicación de los importes en efectivo y títulos de deuda que resultaron necesarios para su cancelación.
Las causas en las que los actores han promovido procesos de ejecución de sentencias, el número de beneficiarios del sistema previsional, detallando su composición según tramos de haberes, también deberá ser informado.
Además se deberá detallar los fondos presupuestarios destinados al pago de sentencias en el corriente año, proporción sobre el total de erogaciones y proyección de casos a liquidar.
La Corte también se refirió a las medidas adicionales que se hayan adoptado para resolver las peticiones de los interesados de un modo acorde a los lineamientos fijados por el tribunal “a fin de evitar conflictos innecesarios o prolongar los existentes”.
Qué es el fallo Badaro
La Corte Suprema benefició a un jubilado que reclamó por la pérdida de poder adquisitivo de sus ingresos. Se trata de Adolfo Badaro, un ex conductor de buques que percibía más de $1000 de jubilación cuando estalló la convertibilidad. Desde ese momento y hasta diciembre de 2006, recibió un sólo aumento de 11%, contra una inflación del 91,2%, y una suba de los salarios de los trabajadores activos del 88,6%, según las estadísticas oficiales.
La Corte reconoció su derecho a una actualización de haberes que guarde relación con la evolución de los precios y de los sueldos de los trabajadores activos. En este caso puntual, determinó que su jubilación se ajuste de acuerdo al Índice de Salarios del Indec, registró un alza de 88,6 por ciento. A esa suba hay que restarle el incremento de 11% ya recibido.
Luego de este fallo, miles de jubilados se presentaron con un reclamo similar ante el fuero de seguridad social, lo que generó un colapso de los tribunales que llevan este tipo de causas. Ante esta situación, la Defensoría pidió que se extienda el alcance del fallo Badaro a todos los jubilados que se encuentran en una situación parecida.
Más allá de la parte financiera, en caso de que la Corte admita un fallo con alcance colectivo sería una novedad jurídica en el país sin antecedentes. (Infobae)