Las áreas y zonas geográficas que se incluyen bajo el régimen de promoción que instaura la normativa son las de Aguada de Los Chanampas y Termas de Fiambalá en departamento de Tinogasta; Termas de Hualfín, Termas de los Nacimientos, Termas La Colpa, Termas Cura Fierro y Termas de Dionisio en Belén; Termas de Vis Vis en Andalgalá, Termas de Suriyaco en el departamento Pomán, Termas de Lavalle en Santa Rosa, Termas de San Martín en Capayán, entre otras.
De acuerdo a la normativa aprobada en la séptima sesión de la Cámara alta provincial se establece que los emprendimientos privados con el objeto de lograr el mejor aprovechamiento sustentable de los recursos hidrotermales y minerales por parte de lo usuarios deberán garantizar instalaciones para el alojamiento y gastronomía, equipamiento técnico y profesional adecuado y la explotación sustentable de las fuentes termales.
El proyecto inicial pertenece al diputado Juan Ramón Moya quien a la hora de fundamentar su propuesta aseguró que el Turismo Salud constituye una actividad turística con fuerte demanda externa y puede significar un elevado saldo económico para la provincia