El iniciativa tomó estado parlamentario en la Vigésima Primera Sesión Ordinaria del Cuerpo, con el fundamento de la distribución injusta” en la que se encuentran los locales en el ámbito de la ciudad.
En el articulado, el proyecto establece que la disposición se implementará al momento de autorizar nuevas habilitaciones Comerciales de las Farmacias que se encuentren ubicadas dentro de la Ciudad de San Fernando del Valle de Catamarca, estableciéndose una distancia no inferior a cuatrocientos (400) metros con relación a otra farmacia ya habilitada, medidos de puerta a puerta por camino peatonal”
También especifica, que para los casos de habilitación por traslado de Farmacia dentro del ejido municipal, respecto exclusivamente para farmacias que acrediten una antigüedad mínima de tres años de funcionamiento, su nueva ubicación no podrá ser inferior a doscientos (200) metros con relación a otra farmacia ya habilitada”
Por otra parte, indica que el Ejecutivo Municipal, a través de la Secretaría de Salud y Acción Social, deberá realizar un relevamiento en zonas densamente pobladas que carezcan del servicio de farmacia; y además que, a través de la dirección de Rentas, se eximirá el pago de la habilitación comercial, a aquellos que instalen farmacias en las zonas prioritarias relevadas por la Secretaría de Salud y Acción Social Municipal.