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Viernes 26 de Abril de 2024
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Plaza del Aborigen - Media sanción a la expropiación de terrenos en Valle Viejo

La Cámara de Diputados dió hoy media sanción al proyecto de ley que declara de utilidad pública y de interés general, sujeto a expropiación, dos inmuebles propiedad del Estado nacional, ubicados en el distrito Santa Rosa, departamento Valle Viejo, con una superficie uno de ellos de 2.527,73 metros cuadrados y el restante 12.948,33 metros cuadrados. La iniciativa, presentada por el diputado Augusto Cesar Jalile(FCyS), que obtuvo despacho favorable de la comisión de Legislación General, fue girada al Senado para el correspondiente análisis y tratamiento.

Los inmuebles, que el Poder Ejecutivo Provincial(PEP) cederá, a título gratuito, a la municipalidad de Valle Viejo una vez concluído el trámite de expropiación de los mismos, tendrán como destino, además de la regularización dominial como espacio público de la Plaza El Aborigen, situada en el departamento Valle Viejo, la construcción de una superficie cubierta de 673,50 metros cuadrados, que comprenderá un museo-restaurante, un salón para exposiciones, conferencias y debates comunitarios, vestuarios y sanitarios internos para personal y público, cocina, gambuza, depósitos generales, oficina de administración y sanitarios externos para el público en general, a realizar por parte de la municipalidad de Valle Viejo.

La denominada Plaza del Aborigen, situada en las intersecciones de la ruta nacional 38 y la avenida Presidente Castillo, Santa Rosa, departamento Valle Viejo, provincia de Catamarca “constituye por sus características arquitectónicas, paisajísticas y cúmulo de actividades artesanales, folclóricas, artísticas y recreativas que se desarrollan en la misma, uno de los principales referentes culturales e históricos de la provincia”, dijo Jalile al fundamentar el proyecto.

Manifestó que “pese a la importancia y trascendencia de la Plaza del Aborigen, la misma se encuentra asentada sobre un predio de propiedad del Estado Nacional cedido en préstamo de uso precario al municipio de Valle Viejo, mediante contrato de comodato celebrado con Vialidad nacional en 1984, sin que hasta la fecha se haya concretado la transferencia definitiva del inmueble, pese a la serie de tramitaciones administrativas articuladas por el municipio ante las autoridades nacionales”.

Observó que “la precariedad dominial no se justifica en forma alguna ante el valor histórico-cultural del aludido monumento, lo que amerita su adquisición por la provincia a través del procedimiento expropiatorio previsto por el artículo 8° de la Constitución Provincial y ley provincial 2210”.

“En virtud de ello –acotó-, la municipalidad de Valle Viejo ha elaborado un proyecto arquitectónico que prevé la construcción de una superficie cubierta de 673,50 metros cuadrados, que comprenderá un museo-restaurante, un salón para exposiciones, conferencias y debates comunitarios, vestuarios y sanitarios internos para personal y público, cocina, gambuza, depósitos generales, oficinas de administración y sanitarios externos para el público en general que asista a la Plaza El Aborigen”.

Asimismo, comentó que se ha provisto la financiación del proyecto de mención “con fondos provenientes de las regalías mineras”, establecidos por ley 5128, “por un monto total estimado en $651.981,75”.

Además, en cumplimiento del orden del día previsto para la sesión de hoy, el plenario también le dio media sanción y remitió al Senado el proyecto de ley, impulsado por los diputados del bloque del Frente Cívico y Social(FCyS) Pedro Vega y Rafael Castillo, con despacho conjunto de las comisiones de Obras y Servicios Públicos, Cultura y Educación y Salud Pública, que estipula que el Poder Ejecutivo Provincial deberá instituir como política de Estado la dotación de servicios elementales básicos, a las localidades y/o agrupamientos poblacionales del interior provincial que carezcan de ellos.

Fija que las localidades y/o agrupamientos poblacionales del interior provincial, son aquellas cuyo número de habitantes sea superior a cincuenta personas y que en la actualidad carezcan de los servicios elementales básicos, o solamente tengan alguno/s de ellos. Indica que se deberá entender como servicios elementales básicos el agua potable, posta sanitaria (siempre que no exista otro establecimiento en un radio de cinco kilómetros a la redonda), establecimientos educativos que brinden los niveles obligatorios de escolaridad (siempre que no exista otro en un radio de cinco kilómetros a la redonda); servicio de radio enlace policial; ruta vecinal o provincial vinculante; servicio eléctrico domiciliario; todo otro servicio considerado como necesario para la comunidad.

El ministerio de Obras y Servicios Públicos, en coordinación con la subsecretaría de Asuntos Municipales, tendrá a su cargo el análisis, priorización, diseño y presupuestación de la infraestructura que anualmente se realizarán. Dicho ministerio, según la propuesta parlamentaria, también tendrá a su cargo la realización de las obras de infraestructura, plazo y vía de ejecución, formando parte del presupuesto general de la provincia.

Por último, fue aprobado y enviado al Senado el proyecto de ley, impulsado por el diputado Marcelo Rivera(Diputados del Partido Justicialista), que prohíbe el uso de logos, insignias, escudos, distintivos o banderas que no se correspondan con el escudo nacional o provincial y la enseña patria nacional o la adoptada por la provincia y los municipios que en su seno hubieran instituído una enseña municipal, en todos los establecimientos o inmuebles de uso o utilidad pública de dominio estatal, como así en los bienes muebles sean éstos registrables o no pertenecientes a cualquiera de los poderes del Estado, y en los útiles que se distribuyan dentro del servicio educativo y en cualquier otro bien mueble o útil en cuya intermediación del Estado sea una de las partes.

Las donaciones de elementos de utilidad para la sociedad, efectuadas por personas físicas o jurídicas distintas del Estado provincial, serán recepcionadas sin condicionamiento alguno y asentadas bajo ese carácter en los respectivos libros de alta de las instituciones beneficiadas.

La violación a las disposiciones hará incurrir al funcionario responsable en las previsiones de incumplimiento de los deberes de funcionario público y sujeto a las sanciones previstas para el caso.


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