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Miercoles 08 de Mayo de 2024
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Promueven reglamentar el Programa de Protección al Enfermo Dibético

Un proyecto por el cual la Cámara de Diputados se dirige al Poder Ejecutivo Provincial con el propósito que arbitre los medios necesarios para reglamentar la ley provincial 5075-Programa de Protección al Enfermo Diabético, promulgada el 24 de setiembre de 2002, obtuvo sanción legislativa.

La iniciativa, que recibió despacho favorable por unanimidad en la comisión de Salud Pública, fue presentada por el diputado Antonio Morales(PJ), que en sus fundamentaciones cree conveniente recordar algunos puntos fundamentales por los cuales se promulgó oportunamente la ley provincial 5075 mediante la cual se crea en la provincia un programa de protección al enfermo diabético,“para comprender por qué la urgencia que dicha ley sea llevada a la práctica sin más trámites dilatorios”

Morales, memoró que la referida norma“fue aprobada por este cuerpo legislativo en la sesión ordinaria del 03 de julio del 2002, por unanimidad, tanto en general como en particular, en sus doce artículos, sin ningún tipo de observaciones. Esto traduce claramente cuál fue, y es seguramente, el sentir de los legisladores respecto a este tema”

Mediante sus disposiciones -acotó-, se creó un instrumento legal que procura convertirse en una fuente de protección del enfermo de diabetes en nuestra provincia, sobre todo de contención hacia quienes padecen esta afección y forman parte de sectores de escasos recursos económicos”

Sostuvo que“no debemos olvidar que la diabetes mellitus no es una enfermedad en sí, sino un síndrome integrado por un grupo de trastornos de diferentes etiologías y mecanismos patogénicos, de tal manera que puede conllevar la aparición de complicaciones agudas y crónicas, en afectados que se calculan estadísticamente en un 5% de la población”
También, describió que la diabetes es una enfermedad sistemática que afecta a todo el organismo, y cuyas complicaciones crónicas se dan como consecuencia de la hiperglucemia mantenida en forma crónica, y aún hoy se desconoce cuál es el mecanismo exacto que la produce, por lo tanto lo más importante y de mayor beneficio es, tratamiento mediante, controlar la glucemia y la tensión arterial”

Morales, que además es médico, especificó que las personas con diabetes mellitus del tipo I (insulinodependientes)“tienen que colocarse insulina diariamente para poder vivir, y los afectados del tipo II, deben tomar hipoglucemiantes orales de manera también cotidiana. Esta comunidad de pacientes constituye el grupo que más depende de asistencia para poder sobrellevar su enfermedad. Esto, en palabras simples, quiere decir que el enfermo debe ser sometido, indefectiblemente, a un tratamiento adecuado para poder sobrevivir”

Dentro de este marco de pensamiento es que fue concebida la ley 5075, con la finalidad de atender estas necesidades vitales de quienes padecen esta afección, y que por distintos motivos no pueden acceder a un tratamiento con recursos económicos propios”, recalcó el diputado.
Al enfatizar que“contamos con el instrumento legal correspondiente”, el legislador considera necesario, como una manera de paliar un poco las urgentes necesidades que aquejan a este sector de la comunidad,“hacer un llamado, mediante este proyecto de resolución, con carácter de urgente, a fin que el Poder Ejecutivo Provincial y sus organismos pertinentes instrumenten los medios necesarios, con la premura que el caso requiere, para reglamentar la ley 5075, fundamentalmente porque las disposiciones legales prevén un plazo de sesenta días desde su aprobación para reglamentarla, y como vemos en este caso la ley tiene sanción definitiva desde hace más de catorce meses”

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