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Viernes 26 de Abril de 2024
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PROGRAMA SOCIAL Y EDUCATIVO DE PREVENCIÓN EN EL USO DE INTERNET

Proyecto único en el país fue aprobado por Diputados de Catamarca

La Cámara de Diputados de la Provincia aprobó un proyecto de ley, de autoría del diputado Fidel Sáenz (PJ) referido a la creación de un Programa Social y Educativo de Prevención, Protección y Seguridad en el uso de Internet, pornografía infantil, tráfico de menores y red de prostitución.
(DIARIOC, 11/08/2009) El proyecto de ley propugna crear el Programa Social y Educativo de Prevención, Protección y Seguridad en el uso de Internet, venta de niños o tráfico de menores, prostitución infantil y utilización de los niños en la pornografía, en el marco de las previsiones de la Ley Nº 25.763 de Aprobación del Protocolo Relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de los niños en la pornografía que complementa la Convención de la Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño.

En cuanto al objetivo del programa se indica, “ofrecer a padres de familia o tutores, a educadores de todos los niveles de enseñanza de las instituciones educativas de gestión pública y privada, a los medios de comunicación y a la sociedad en general, capacitación e información pormenorizada de los riesgos que importa el mal uso de Internet en niñas, niños, adolescentes y jóvenes, como las implicancias de la venta de niños o tráfico de menores, la prostitución infantil y la utilización de los niños en la pornografía”.

Sobre lo mismo se expresa que, “por venta de niños se entiende todo acto o transacción en virtud del cual un niño es transferido por una persona o grupo de personas a otra a cambio de remuneración o de cualquier otra retribución; por prostitución infantil se entiende la utilización de un niño en actividades sexuales a cambio de remuneración o de cualquier otra retribución, y por pornografía infantil se entiende toda representación, por cualquier medio, de un niño dedicado a actividades sexuales explícitas, reales o simuladas, o toda representación de las partes genitales de un niño con fines primordialmente sexuales”.

En otro artículo indica que, “el Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología en forma coordinada con el Ministerio de Salud y el Ministerio de Gobierno y Justicia deben realizar acciones conjuntas sobre la materia conformando una Comisión Interdisciplinaria para llevar cabo tareas que atiendan a la prevención y seguridad frente a dichas situaciones”.

{adr}Enfatiza en otro apartado que, “la Comisión Interdisciplinaria debe organizar y dictar cursos, charlas, talleres, conferencias, seminarios y aplicar cualquier otra metodología dirigida a padres de familia o tutores y educadores, que aborden los siguientes contenidos: adicción a la Internet: características y detección; delitos en contra de las niñas, niños y adolescentes a través de Internet; medidas de acción preventivas para padres y educadores; perfil psicológico y modus operandi de los delincuentes sexuales, acosadores, pedófilos, pederastas, red de prostitución infantil y tráfico de menores; medidas de prevención y seguridad para niñas, niños o adolescentes victimizados en línea; peligros de la pornografía en Internet en niñas, niños y adolescentes, prevención, herramientas y técnicas para evitarlas y reglas básicas de prevención y seguridad dirigidas a niñas, niños y adolescentes, cuando estén camino de ida y regreso de la escuela, fuera de la casa y en espacios públicos donde se ofrezcan servicios de Internet”.

Se expresa que dicha Comisión debe planificar y ejecutar las siguientes acciones de concientización, “difundir el contenido y alcance del “Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niños relativo a la venta de niños, la prostitución y la utilización de los niños en la pornografía” que complementa la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño, adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en su sesión plenaria el 25 de mayo de 2000, y que fuera aprobado por Ley Nº 25.763; fomentar y llevar a cabo campañas de concientización a nivel social, sobre los delitos de pornografía infantil, pedofilia, venta de niños o tráfico de menores y red de prostitución infantil; incentivar la participación de la sociedad civil, y organizaciones privadas en la lucha contra la pornografía infantil.

Subraya además, “implementar una línea telefónica gratutita, una página web y correo electrónico a fin de brindar asistencia e información sobre los lugares donde se puede efectuar las denuncias por tales delitos; abrir un registro de niñas, niños y adolescentes menores de 18 años, reportados como perdidos ante la Justicia por sus padres o tutores; solicitar autorización judicial para la publicación de datos e imágenes de las niñas, niños y adolescentes reportados como perdidos en la provincia; confeccionar boletín informativo con datos e imágenes, el que debe ir anexo, a las boletas de pago de los servicios públicos provinciales, tasas municipales y resumen de pago de tarjeta Bancat, u otros mecanismos que permitan cumplir con el contenido de la ley.

Por otro lado enuncia que, “se faculta a la comisión a suscribir convenios de cooperación con otros estados, asociaciones civiles, organizaciones no gubernamentales, empresas y corporaciones interesadas en colaborar con los objetivos y fines de esta ley a fin de intercambiar legislación, datos estadísticos y aunar esfuerzos en contra de esos delitos”.

A su vez afirma que, “el Poder Ejecutivo Provincial debe determinar por vía reglamentaria: el plantel profesional que integra la comisión; espacio físico donde funciona y la autoridad de aplicación de la ley.

En lo que hace a los gastos que demanden la implementación y funcionamiento de este Programa serán “afrontados por el Poder Ejecutivo Provincial, quien debe imputar los mismos al Presupuesto Anual de Gastos y Cálculo de Recursos de la Administración Provincial”.

El Poder Ejecutivo Provincial debe reglamentar esta ley dentro de los sesenta días a partir de su promulgación invitándose a los municipios con Carta Orgánica a adherir a esta ley y actuar en consonancia con las acciones que se ejecuten en el marco el programa.

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