San Fernando del Valle de Catamarca, 23 de marzo de 2004.-
COMUNICADO DE PRENSA
La Gerencia de Empleo y Capacitación Laboral comunica que a partir de los contenidos de la Resolución 171/2004, de la que se toma hoy fehaciente conocimiento, los beneficiarios del Programa Jefes y Jefes de Hogar que no tienen legajo en la Oficina Municipal del Consejo Consultivo de la jurisdicción donde habitan, deberán presentarse en un lapso no mayor a los próximos 20 días, con la documentación que acredite su condición de madre/padre de hijos menores de 18 años o discapacitados de cualquier edad.
También deberán presentarse ante las Oficinas Municipales de los Consejos Consultivos, los Jefes o Jefas de Hogar cuya información en la base de datos del Programa, dé cuenta de una menor cantidad de hijos que la actual. En este caso, los beneficiarios deberán actualizar dicho registro a través de la presentación de las partidas de nacimiento de los hijos no informados o no cargados al momento de obtener el beneficio.
Resolución 171/2004 de la Secretaría de Empleo del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación
Párrafos más importantes
Fíjase un plazo para que los Municipios y/o Comunas intervinientes en el mencionado Programa procedan a la corrección o actualización de los datos referidos al grupo familiar de los beneficiarios correspondientes a su jurisdicción.